Extranjeros propietarios de bienes inmuebles en Marruecos

 Extranjeros propietarios de bienes inmuebles en Marruecos

Introducción

Primero: El marco legal que regula la propiedad extranjera de bienes inmuebles en Marruecos

Segundo: El procedimiento para la propiedad extranjera de bienes inmuebles en Marruecos

Extranjeros propietarios de inmuebles en el casco urbano

Extranjeros son dueños de bienes raíces en el área rural

un resumen

 

Introducción

La crisis económica que ha conocido el mundo últimamente, especialmente en los países europeos, ha llevado a muchos de sus ciudadanos a emigrar a Marruecos y establecerse allí, ya que el número de extranjeros que residen en las ciudades marroquíes ha aumentado significativamente en los últimos años (sobre todo ciudades turísticas como Marrakech, por ejemplo).

 Varios factores motivadores han contribuido a elegir Marruecos como destino turístico y como segundo país de residencia y para el establecimiento de empresas y proyectos en el extranjero. Entre estos factores se encuentran la estabilidad política y la ubicación geográfica cercana a Europa, el bajo costo de vida en Marruecos y la circulación de lenguas extranjeras, así como la naturaleza del clima cálido y templado durante el resto de los días. el año.

Además de estos factores, existe un arsenal jurídico que le cuesta al extranjero disfrutar de un conjunto de derechos y le garantiza seguridad y estabilidad y le otorga el derecho como ciudadano marroquí a poseer una propiedad privada.

Todas estas tentaciones contribuyeron al aumento del número de extranjeros que llegaban a Marruecos en busca de residencia y vivienda ya la creación de proyectos de inversión en el mismo.

¿Cuál es el marco legal que regula el derecho de los extranjeros a poseer bienes inmuebles en Marruecos? ¿Cuál es el procedimiento aplicable en este campo?

 

Primero: El marco legal que regula la propiedad extranjera de bienes inmuebles en Marruecos


Si la Constitución del Reino de Marruecos (Capítulo 35) y las leyes vigentes en nuestro país afirman el principio de la libertad de propiedad inmobiliaria al establecer que: “La ley garantiza el derecho de propiedad.

Su alcance y su ejercicio podrán ser limitados por ley, si así lo exigen las exigencias del desarrollo económico y social del país.

No es posible expropiar bienes sino en los casos y con las modalidades que señale la ley.” Esta libertad está sujeta a las condiciones y controles vigentes en este campo.

En Marruecos, a nivel de las operaciones de propiedad inmobiliaria por parte de extranjeros y con la necesidad de que la propiedad sea por compraventa, existe una multiplicidad de textos legales que regulan estas operaciones, según se trate de poseer bienes inmuebles dentro o fuera del territorio nacional. zona urbana, y estos son textos determinados en:

 1- Dahir de obligaciones y contratos;

      2 Ley N° 51.00 relativa a la renta para la adquisición de bienes inmuebles;

      3- Ley N° 18.00 relativa al régimen de copropiedad de los inmuebles construidos;

      4- Ley N° 25.90 sobre divisiones inmobiliarias, conjuntos habitacionales y división inmobiliaria;

      5- Ley Marco N° 18.95 como estatuto de inversiones;

      6- El Honorable Dahir de Rajab 19 1333 correspondiente al 2 de junio de 1915 especificando la legislación aplicable a los inmuebles que se conservan;

      7- Real Decreto N° 59/1/171 de 12 de mayo de 1959 sobre operaciones inmobiliarias realizadas por un Estado extranjero o una sociedad anónima extranjera;

      8- Real Decreto como Ley N° 645/73/1 de 23 de abril de 1975 relativo a la adquisición de bienes inmuebles agrícolas o cultivables fuera de las zonas urbanas;

      9- Real Decreto nº 613/73/1 de 2 de marzo de 1973 relativo a la recuperación de tierras agrícolas de extranjeros;

      10 - Dahir No. 345/63/1 del 13 de noviembre de 1963 que regula la propiedad de tierras agrícolas por parte de extranjeros y personas jurídicas;

      11- Dahir No. 288/63/1 de 26 de septiembre de 1963, relativo al control de operaciones inmobiliarias a realizar por determinadas personas y relativo a propiedades agrícolas rurales;

      12- Real Decreto N° 1.63.289 promulgado el 7 de Jumada I de 1383 (26 de septiembre de 1963) especificando las condiciones en las que el Estado recupera las tierras coloniales.

      13- Circular de Casas de Cambio N° 1711 de 1 de agosto de 2006;

      14- Circular de Casas de Cambio N° 1589 de 15 de septiembre de 1992;

      15 Circular de Casas de Cambio N° 1507 del 14 de marzo de 1988;

 

Segundo: El procedimiento para la propiedad extranjera de bienes inmuebles en Marruecos

Las condiciones y procedimientos para la transmisión de la propiedad de bienes inmuebles a extranjeros en Marruecos varían según la finalidad de esta propiedad, es decir, según se relacione con la propiedad de bienes inmuebles en el casco urbano con fines de vivienda, profesional, comercial, industrial. o uso artesanal, o poseerlo en el medio rural con fines agrícolas. 


* Extranjeros propietarios de inmuebles en el casco urbano

El movimiento de propiedad en Marruecos por parte de extranjeros se activó cuando el gobierno marroquí derogó la ley de marroquinización que promulgó en 1974,


Desde entonces, el interés extranjero en los bienes raíces marroquíes ha aumentado debido a varios factores motivadores que lo ayudaron, incluida la ubicación geográfica distinguida, el bajo nivel de vida y el bajo costo de los bienes raíces marroquíes.


 Además de un marco legal que garantiza los derechos de los propietarios extranjeros y tiene en cuenta la no complicación de los trámites y trámites para la posesión de bienes inmuebles para los extranjeros, ya que les garantiza todas las facultades de las que disfruta un ciudadano marroquí para poseer bienes inmuebles en Marruecos. suelo, pero con algunas condiciones sin complicaciones.


Así, la compra por el extranjero de bienes inmuebles en Marruecos se sujeta a las reglas generales previstas en la Ley de Obligaciones y Contratos de Marruecos en el apartado relativo a la compraventa, que no distinguía a este respecto entre nacionales y extranjeros, sino que fijaba condiciones generales, el más importante de los cuales es el consentimiento entre las dos partes contratantes y su acuerdo sobre la venta, el precio y los términos del contrato. otro capítulo 488),


 Con la necesidad de que se redacte un contrato escrito de acuerdo con el Capítulo 489, que establece que: (Si la venta es de bienes raíces, derechos reales u otras cosas que pueden ser formalmente hipotecadas, la venta debe hacerse por escrito en un documento cuya fecha se fija,


Y no tiene efecto frente a terceros si no está registrado en la forma que determina la ley, y el inmueble vendido se entrega por abandono de él por el vendedor, y entrega de sus llaves si se trata de un edificio, siempre que no haya obstáculo que impida al comprador tomar posesión de él (capítulo 500).


La compraventa de inmuebles incluye también mapas, presupuestos de gastos, argumentos y documentos relativos a su propiedad, y si las escrituras se refieren a la compraventa y otras cosas que no están comprendidas en la compraventa, el vendedor sólo está obligado a entregar un documento oficial copia de la parte relacionada con la cosa vendida (capítulo 519). .


 Estas son algunas reglas generales para la compra y venta de bienes inmuebles en Marruecos, que se aplican al vendedor o comprador de bienes inmuebles, independientemente de su nacionalidad.


Además, los requisitos de Al-Dhair en cuanto a la determinación de la legislación aplicable a los bienes inmuebles que se conservan otorgan a todas las personas jurídicas o jurídicas, independientemente de su nacionalidad, el derecho a disfrutar o disponer de los bienes inmuebles, siempre que este derecho no sea utilizado de forma prohibida por las leyes o reglamentos vigentes.


 En caso de que el comprador extranjero desee obtener un préstamo para adquirir una propiedad, Marruecos permite a los extranjeros no residentes beneficiarse de préstamos relacionados con bienes inmuebles,


Como se convirtió en el derecho de los bancos marroquíes a otorgarles préstamos en dirhams para propiedades inmobiliarias después de que finalmente obtuvieron la licencia de la Oficina de Cambio (Circular No. 1711 del 1 de agosto de 2006) para financiar la construcción o compra de bienes inmuebles en Marruecos,


Siempre que el beneficiario del préstamo aporte al menos el 30% en divisas del valor del inmueble que pretende financiar.


La Oficina de Cambio marroquí ha especificado que el banco debe imponer para conceder el préstamo una hipoteca sobre la propiedad o una garantía de un banco extranjero,


Mientras que los bancos intermediarios están obligados a presentar un informe a la casa de cambio de los préstamos otorgados a los extranjeros no residentes tan pronto como fueron otorgados, mostrando la participación de las comisiones extranjeras realizadas por el extranjero no residente,


Así como el monto del préstamo aprobado, especificando el plazo de devolución y la tasa de interés aplicable, así como la presentación de un informe trimestral que muestre los pagos realizados por los beneficiarios del préstamo y los métodos de financiamiento utilizados.

 Si un extranjero desea vender su propiedad y explotar sus ganancias dentro de Marruecos, recibe el mismo trato que todos los marroquíes, ya que según la circular de la Oficina de Cambio n° 1507 del 14 de marzo de 1988, relativa a las condiciones para realizar operaciones de enajenación bienes inmuebles en Marruecos propiedad de extranjeros,


Son libres de vender bienes inmuebles, ya sea a personas de nacionalidad extranjera, independientemente de su lugar de residencia, ya sea en beneficio de los ciudadanos marroquíes residentes en el extranjero o en beneficio de los ciudadanos residentes en Marruecos, sin necesidad de solicitar una licencia de la oficina de cambio.


Excepcionalmente, cuando la venta sea entre extranjeros o por ellos en beneficio de marroquíes residentes en el extranjero, el valor de los bienes inmuebles podrá pagarse fuera de Marruecos en moneda extranjera según las leyes vigentes en el país de residencia.


En cuanto a cuando el inversionista extranjero desee trasladar sus utilidades al exterior, el sistema de conversión del dirham fue establecido de acuerdo a una circular emitida por la Oficina de Cambio bajo el N° 1589 de fecha 15 de septiembre de 1992,

En virtud del cual los inversores pueden realizar operaciones de inversión en Marruecos, incluyendo la propiedad inmobiliaria y los derechos de usufructo relacionados con la misma, así como transferir sus rentas al exterior directamente a través del sistema bancario.

En este contexto, los bancos acreditados en Marruecos tienen la autoridad legal para transferir los ingresos de estas inversiones sin establecer un límite máximo para estas transferencias, siempre que se paguen impuestos y tasas.

Además de estos requisitos, Marruecos ha adoptado un conjunto de medidas de carácter fiscal, financiero, inmobiliario y administrativo, encaminadas a estimular la inversión, tal y como se traduce en la promulgación de la Ley Marco n.º 18.95, de 3 de octubre de 1995, como carta de inversión. .

Con respecto a las inversiones extranjeras en particular, el artículo 16 de esta Ley Marco establece que:

Las personas físicas o jurídicas extranjeras, residentes o no, así como las personas físicas marroquíes afincadas en el extranjero que realicen en Marruecos inversiones financiadas en moneda extranjera, se benefician de un régimen de transmisibilidad que les garantiza total libertad para realizar lo siguiente:

 * Transferencia de utilidades sin impuestos sin especificar monto o período

 * Transferir el producto de la venta o liquidación de la inversión, en todo o en parte, incluido el valor adicional.

 La misma ley marco también establece en su artículo 21 la creación de un órgano administrativo que se encarga de recibir a los inversionistas, orientarlos, brindarles información y asistencia, y encomendarle la promoción de inversiones.

 
* Extranjeros propietarios de bienes inmuebles en el área rural

Si los extranjeros tienen las mismas facultades que los ciudadanos marroquíes en cuanto a la adquisición y propiedad de bienes inmuebles en el casco urbano marroquí, la cosa es diferente para las tierras agrícolas.

Después de que Marruecos obtuviera la independencia, el 27 de noviembre de 1959 se promulgó el Dahir, que estipulaba en su primer capítulo que:

Todas las adquisiciones de bienes inmuebles por parte de no marroquíes directamente, con o sin contraprestación, sobre propiedades agrícolas o cultivables dependen de un permiso administrativo.

 Y antes de 1975, los extranjeros podían poseer terrenos agrícolas o agrícolas ubicados fuera de los círculos urbanos, previa autorización de las autoridades correspondientes.

Cuando se requería que un extranjero fuera propietario de tierras agrícolas, la necesidad de obtener una licencia administrativa del gobierno marroquí, en forma de una solicitud escrita en publicaciones presentadas por la administración,

Esta solicitud deberá incluir, en particular, los nombres de las dos partes interesadas, su estado civil, su nacionalidad, su profesión, las tierras agrícolas de su propiedad o en uso, así como el tipo de operación a realizar, la ubicación, superficie y contenido del inmueble y datos relativos a su situación jurídica.

Los solicitantes también deben designar un lugar para comunicarse con ellos en Marruecos (capítulo 2 del Dahir de 26 de septiembre de 1963, relativo al control de las operaciones inmobiliarias a realizar por algunas personas y relacionadas con las propiedades agrícolas rurales),

 Se depositará en la sede regional donde se encuentre el inmueble en su suelo según el Capítulo 3 de la misma tarde, y corresponderá al Ministro del Interior, previa aprobación de los Ministros de Agricultura y Hacienda, de una Ordenar entregar o denegar la referida licencia en un plazo máximo de cuarenta y cinco días contados a partir del día de presentación de la solicitud si se trata de bienes vendidos en subasta.

 En un plazo máximo de seis meses, contados a partir del día de presentación de la solicitud en los demás casos, el silencio de la administración se considera como una denegación de la solicitud de licencia (capítulo 4 del mismo Dahir).

Hasta que se emitió el Dahir 1/645/73 de fecha 23 de abril de 1975, relativo a la adquisición de bienes inmuebles agrícolas o cultivables fuera de los círculos urbanos referidos anteriormente,

Que subrayaba en su primer capítulo que la adquisición de bienes inmuebles agrícolas o cultivables situados total o parcialmente fuera de los círculos urbanos está reservada a las personas físicas o jurídicas marroquíes especificadas de conformidad con este Dahir, que excluía a los extranjeros, ya fueran personas físicas o jurídicas personas jurídicas, de la posibilidad de ser propietarios de estos inmuebles.


un resumen

Mediante esta aclaración del marco legal que regula la propiedad extranjera de bienes inmuebles en Marruecos y el procedimiento seguido a tal efecto, lo anterior se puede resumir en dos puntos principales:

El extranjero tiene la misma posibilidad que el ciudadano marroquí de poseer bienes inmuebles en el territorio urbano marroquí, según la misma máscara y según las mismas condiciones;

Si anteriormente un extranjero podía poseer tierras agrícolas con una licencia de las autoridades gubernamentales marroquíes, ya no es así, ya que está prohibido que los extranjeros posean propiedades agrícolas en Marruecos.


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